¿“Societas delinquere non potest et puniri potest”?: la responsabilidad penal de las personas jurídicas

¿“Societas delinquere non potest et puniri potest”?: la responsabilidad penal de las personas jurídicas

El pasado jueves 30 de mayo tuvo lugar en ISDE el encuentro virtual “Avances y conclusiones en la responsabilidad penal de la persona jurídica”, en la que participaron don José María Macías Castaño, Vocal del Consejo General del Poder Judicial y don Antonio del Moral García, Magistrado de la Sala Segunda del Tribunal Supremo, introducidos por don Alejandro Abascal, Magistrado de refuerzo del Juzgado Central de Instrucción nº 6 de la Audiencia Nacional.

El Magistrado Sr. del Moral afirmó que “las personas jurídicas no van a cometer nunca un delito” y que lo correcto sería decir que “lo que hemos hecho las personas físicas lo han cometido las personas jurídicas”, por lo que las personas jurídicas no pueden delinquir, pero sí que podrán ser sancionadas (societas delinquere non potest et puniri potest).