Reforma legistativa: Ley Orgánica 10/2022, de 6 de septiembre, de garantía integral de la libertad sexual.
El pasado día 7 se ha publicado en el BOE la Ley Orgánica 10/2022, de 6 de septiembre, de Garantía Integral de la libertad sexual, que reforma determinados preceptos del Código Penal e introduce la responsabilidad penal de las personas jurídicas en los delitos de acoso y abuso sexual en el ámbito laboral, docente y de prestación de servicios.
VI Encuentro CUMPLEN – 10, 11 y 12 de febrero
Los próximos 10, 11 y 12 de febrero se celebrará el VI Encuentro Cumplen de Compliance, encuentro organizado por la Asociación de Profesionales de Cumplimiento Normativo.
Nuestro socio director don Jesús Mandri Zárate participará como ponente, junto a otros profesionales, en este congreso virtual en el que se tratarán los temas de mayor actualidad en el Compliance Penal.
Valor probatorio de las grabaciones de conversaciones en un procedimiento judicial
Aportar grabaciones de conversaciones como prueba en un procedimiento judicial penal es algo relativamente frecuente, especialmente por los avances tecnológicos que facilitan este tipo de grabaciones. No obstante, no todas las grabaciones que se aportan son lícitas ni tienen valor probatorio.
Serán lícitas las grabaciones de conversaciones cumplan con los criterios establecidos por la doctrina y jurisprudencia del Tribunal Constitucional y Tribunal Supremo.
¿“Societas delinquere non potest et puniri potest”?: la responsabilidad penal de las personas jurídicas
El pasado jueves 30 de mayo tuvo lugar en ISDE el encuentro virtual “Avances y conclusiones en la responsabilidad penal de la persona jurídica”, en la que participaron don José María Macías Castaño, Vocal del Consejo General del Poder Judicial y don Antonio del Moral García, Magistrado de la Sala Segunda del Tribunal Supremo, introducidos por don Alejandro Abascal, Magistrado de refuerzo del Juzgado Central de Instrucción nº 6 de la Audiencia Nacional.
El Magistrado Sr. del Moral afirmó que “las personas jurídicas no van a cometer nunca un delito” y que lo correcto sería decir que “lo que hemos hecho las personas físicas lo han cometido las personas jurídicas”, por lo que las personas jurídicas no pueden delinquir, pero sí que podrán ser sancionadas (societas delinquere non potest et puniri potest).
La estrategia procesal en la defensa de la personas jurídicas
Compliance y actuación procesal de las personas jurídicas, SEPIN 2019.
Jesús Mandri.
La litigiosidad en España en el ámbito de la franquicia.
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Corrupción y partidos políticos.
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El canal de denuncias y el código ético de conducta.
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El abogado y el derecho de defensa. El derecho a la Justicia.
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